Serán ejercidas por el Cuerpo Nacional de Policía:
La expedición del Documento Nacional de Identidad y de los pasaportes.
El control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros.
Las previstas en la legislación sobre extranjería, refugio y asilo, extradición, expulsión, emigración e inmigración.
La vigilancia e inspección del cumplimiento de la normativa en materia de juego.
La investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga.
Colaborar y prestar auxilio a las policías de otros países, conforme a lo establecido en los Tratados o Acuerdos Internacionales sobre las Leyes, bajo la superior dirección del Ministerio del Interior.
El control de las entidades y servicios privados de seguridad, vigilancia e investigación, de su personal, medios y actuaciones.
Aquellas otras que le atribuya la legislación vigente.
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